
Hemos redactado contratos para naves de 20.000 m² en Riba-roja y para comunidades de doce vecinos en Vilamarxant. La estructura es la misma. Aquí tienes los apartados que no pueden faltar, con el detalle que pediría un gerente de logística o un administrador de fincas que ya se ha llevado un susto.
Los apartados imprescindibles
- Anexo de tareas por zona: oficinas, aseos, vestuarios, muelles, escaleras, garaje, exteriores.
- Frecuencias por tarea: diaria, semanal, mensual, trimestral. Nada de «según necesidad».
- Horario y días de servicio, con quién abre y quién cierra.
- Número de horas mensuales y precio por hora, además del precio mensual.
- Supervisión: quién, con qué frecuencia y en qué formato entrega el parte.
- Sustitución por bajas y vacaciones, y en cuánto tiempo.
- Seguro de responsabilidad civil con importe asegurado.
- Duración, preaviso y ausencia de permanencia.
- Revisión de precio anual ligada al convenio, no a una cifra fija.
Seguros y responsabilidad
Pide que el contrato cite la póliza de RC y su importe. Para una nave logística lo razonable son 600.000 € o más por siniestro; para una comunidad, 300.000 € cubre lo habitual. Un resbalón en el portal o una fregadora contra una estantería son riesgos reales y tienen que estar cubiertos por la empresa de limpieza, no por tu seguro.
Subrogación: la cláusula que casi nadie lee
El convenio estatal del sector obliga a la empresa entrante a subrogar al personal que lleve más de cuatro meses en el centro. Eso significa que el contrato debería recoger qué trabajadores están adscritos, su antigüedad y jornada. Si cambias de empresa dentro de dos años, ese anexo evita el bloqueo. Y si eres tú quien entra en un centro nuevo, sirve para saber qué plantilla heredas.
Lo que suele quedar fuera y conviene aclarar
- Cristales exteriores y trabajos en altura: normalmente se cotizan aparte.
- Abrillantado y decapado de suelos: servicio puntual, no mantenimiento.
- Limpieza tras obra o tras un incidente (fuga, incendio pequeño).
- Reposición de consumibles: papel, jabón, ambientadores.
- Gestión de residuos especiales: palés, plásticos de embalaje, aceites.
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Preguntas frecuentes
¿El contrato de limpieza tiene que ir por escrito?
Legalmente puede ser verbal, pero entonces no hay anexo de tareas ni frecuencias. Sin ese anexo, cualquier reclamación se convierte en tu palabra contra la suya.
¿Qué preaviso es razonable para rescindir?
30 días es el estándar. Permite organizar la subrogación del personal y el traspaso de llaves sin dejar el centro sin limpiar ni un día.
¿Puedo cambiar las frecuencias a mitad de contrato?
Sí, con un anexo firmado por ambas partes que ajuste horas y precio. Lo hacemos a menudo en naves que cambian de campaña: más horas en noviembre y diciembre, menos en agosto.
¿Quién aporta la maquinaria y los productos?
La empresa de limpieza. El contrato debe decirlo. Si te piden que compres tú la fregadora, no es un contrato de servicio, es un alquiler de personal.
¿Qué pasa si un día no viene nadie?
El contrato debe fijar la sustitución y el descuento proporcional si el servicio no se presta. Sin esa cláusula, el descuento depende de la buena voluntad.